APOSTASIA
Departamento de Manche (El Canal, Francia):
El obispo católico condenado por el Tribunal Superior de Coutances.
El Tribunal Superior de Coutances (Manche), por sentencia de fecha 6 de octubre de 2011, ha decidido en un asunto tan importante y que tendrá un impacto mucho más allá de Normandía.
Un ciudadano, al igual que millones de nuestros conciudadanos, fue bautizado por iniciativa de sus padres durante su infancia. Alcanzada la edad adulta, quiso que no se incluyera en los archivos de la Iglesia Católica (en este caso en el que ésta llama “registro bautismal”). De mala gana, se acordó, la colocación de su nombre en una lista de apostatas.
No al registro y archivo de los datos de los apóstatas!
Esto no es lo que nuestro amigo quería, en efecto:
-Los datos de los apostatas siguen dependiendo de una norma interna de la Iglesia católica, el código de derecho canónigo: en ella, convertirse en apóstata, ha demostrado ser extremadamente peligroso en el curso de la historia.
– Es además una amenaza a la vida privada, sujeta a los caprichos del gobierno de una religión extranjero formado por extranjeros.
Sin embargo, el Código Civil establece en su artículo 9 que toda persona tiene derecho al respeto de la vida privada, que incluye “cualquier información relativa a la persona”. El tribunal se limitó a constatar que: “El haber sido bautizado por la Iglesia Católica es un evento que constituye una información íntima y personal acerca de un individuo … y este evento está bajo la protección del artículo 9 del Código Civil ”
El tribunal, siguiendo su argumento, lógicamente concluye: “La existencia de una mención del bautismo en un registro accesible a terceras personas distintas del interesado (…) es en sí una revelación de este hecho que afecta a la intimidad de la persona “Como consecuencia al obispo se le ordenó, bajo penas, borrar antes de 30 días”, por ejemplo, poniendo encima tinta negra indeleble ” la referencia al bautismo.
Las cosas son así: la ley civil es incompatible con las sutilezas jurídicas de la Iglesia Católica, ni de ninguna iglesia, y requiere medidas muy simples para proteger las libertades individuales y colectivas. La decisión del TGI (Tribunal de Grande Instance de Coutances (Manche) es una prueba de ello.
Creyendo que podía impresionar a los tribunales en la audiencia, el abogado del obispo había amenazado con “decenas de miles” de casos similares, por su parte La Libre Penseé coincidió en el presagio , y en todo caso llama a los ciudadanos a organizarse para defender la libertad absoluta de conciencia, el respeto pleno a las libertades individuales y colectivas y contra el poder del clericalismo.
París, 23 de octubre 2011